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Documentos
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Título: |
APROBACION ACTA ACUERDO REGION HIDRICA NOROESTE DE LA LLANURA PAMPEANA |
Título alt: |
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Tipo:
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Leyes |
Tipo legal:
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Decretos |
Descripción: |
BUENOS AIRES - Recursos Hídricos
Decreto (PEP) 2568/05. Del 25/10/2005. 24/11/2005. Apruébase el Acta
Acuerdo suscripta por la Secretaría de Recursos Hídricos de la Nación y
las provincias de Córdoba, La Pampa, Santa Fe, Buenos Aires y San Luis,
para la incorporación de esta última al Comité Interjurisdiccional de la
Región Hídrica del Noroeste de la Llanura Pampeana.
La Plata, 25 de octubre de 2005.
VISTO: El Expediente Nº 2406-327/05 del Ministerio de Infraestructura,
Vivienda y Servicios Públicos, a través del cual se gestiona la
aprobación del Acta Acuerdo celebrada entre la Secretaría de Recursos
Hídricos de la Nación y las provincias de Córdoba, La Pampa, Santa Fe y
Buenos Aires, como integrantes del Comité Interjurisdiccional de la
Región Hídrica del Noroeste de la Llanura Pampeana y la provincia de San
Luis, y
CONSIDERANDO:
Que en la reunión ordinaria celebrada el 10 de marzo de 2005 la
provincia de San Luis comunicó su disposición a integrar dicho Comité en
carácter de miembro pleno, aceptando la invitación que se le formulara
por parte de los representantes en el Acta Acuerdo del 21 de octubre de
2003 – Punto VII -, que fuera oportunamente aprobada por Decreto n°
911/04 (fs. 7/11);
Que a fin de incorporar a la citada Provincia se procedió a la redacción
del Acta Acuerdo cuya aprobación se persigue, a fin de reflejar la
aceptación a la invitación original y su incorporación;
Que el mencionado instrumento requiere, para su vigencia, ser finalmente
suscripto por los Gobernadores de las provincias integrantes, dándole
carácter de Tratado Interjurisdiccional;
Que por en consecuencia, corresponde el dictado del pertinente acto
administrativo aprobatorio del Acta de referencia;
Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de
Gobierno (fs. 25), lo informado por la Contaduría General de la
Provincia (fs. 26), la vista de la Fiscalía de Estado (fs. 28) y de
acuerdo a las facultades que le confiere el artículo 144 inciso 10) de
la Constitución Provincial, procede el dictado del pertinente acto
administrativo y su posterior elevación a la Honorable Legislatura de
conformidad con lo establecido en los artículos 103 inciso 9) y 144°
inciso 10) de la Constitución de la provincia de Buenos Aires;Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébase el Acta Acuerdo suscripta por la Secretaría de
Recursos Hídricos de la Nación y las provincias de Córdoba, La Pampa,
Santa Fe, Buenos Aires y San Luis, para la incorporación de esta última
al Comité Interjurisdiccional de la Región Hídrica del Noroeste de la
Llanura Pampeana, instrumento que agregado como anexo se declara forma
parte integrante del presente.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro
Secretario en el Departamento de Infraestructura, Vivienda y Servicios
Públicos.
Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado,
comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de
Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y posterior elevación a
la Honorable Legislatura.
SOLA
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Usos del agua:
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Sanidad, Doméstico y Urbano, Ambiental |
Palabras clave:
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aprobación acta acuerdo |
Autor/es:
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Pcia. Buenos Aires, |
Editor/es:
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Pcia. Buenos Aires |
Lugar de publicación: |
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Fecha de vigencia:
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25/10/2005 |
Lenguaje/s:
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Español |
Formato:
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HTML (htm, html) |
Medio:
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ON-LINE |
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Links
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Tipo:
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URL:
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