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Título: TIERRA DEL FUEGO: ES LA UNICA PROVINCIA QUE NO REGULA SUS RECURSOS HIDRICOS
Argentina - 18/08/2008

Se pretende dar un marco normativo al uso del agua. La ley analiza la situación de las cuencas y su situación ambiental. El Estado es quien debe regular su utilización, tal cual se especifica en la Constitución. Desde la dirección de Recursos Hídricos de la Provincia esperan que los legisladores, finalmente, sancionen la norma.


LEGISLATURA ANALIZA LA SANCIÓN DE LA LEY DE AGUAS

Se pretende dar un marco normativo al uso del agua. La ley analiza la situación de las cuencas y su situación ambiental. El Estado es quien debe regular su utilización, tal cual se especifica en la Constitución. Desde la dirección de Recursos Hídricos de la Provincia esperan que los legisladores, finalmente, sancionen la norma.

(17/08/2008) USHUAIA.- Luego de años de no contar con una ley que regule el uso y la preservación de las aguas de la provincia, la Legislatura está analizando un proyecto impulsado el personal técnico de la Dirección Recursos Hídricos de la Provincia, quienes insistieron en promover la norma dado que su ausencia provoca un vacío legal que perjudica el uso del recurso.
Se trata de la cuarta vez que los técnicos del área intentan la sanción de la norma, pero en esta oportunidad recibieron el apoyo de los parlamentarios que integran la Comisión 3 de Obras Públicas. En este sentido, presentaron ante ellos cuestiones esenciales del proyecto y los puntos fundamentales que reflejan la necesidad de contar con la ley.
La ingeniera Adriana Urciolo, directora del área, se mostró expectante ante el avance del tratamiento de la norma puesto que pudo observar el interés que los legisladores depositaron en las cuestiones primordiales que persigue la iniciativa que vendría a regular el recurso natural.


Necesidad de contar con la Ley

La experta en temas hídricos comenta que el Código Civil explicita que el agua, además de ser un bien de dominio público, no puede ser utilizada sin la autorización de la autoridad competente, y especifica que "para poder utilizar el agua pública hay que tener una concesión, supongamos que sea para diferentes usos como pueden ser el lavado de áridos, riego de pasturas, para recuperación secundaria del petróleo como se hace en otras provincias, para uso turístico o recreativo, entre otros".
Al no contar con la normativa correspondiente no es posible otorgar las concesiones y en el año 2000 se observaba más de 120 perforaciones sin regular, es decir "todas usurpaciones", en palabras de la técnica, quien agrega que el Código Penal condena la usurpación del agua.
En este marco, se vieron obligados a impulsar autorizaciones provisorias con los beneficios que da la concesión a quien aprovecha el agua, teniendo en cuenta también las obligaciones que ello significa.
Otras de las cuestiones que resaltó la constituye la imposibilidad de marcar las contravenciones por el mal uso de las aguas públicas.
Aclaró que no deben aparecer fantasmas en la figura de la privatización, espacio que aprovechó para remarcar que en nuestro país las aguas son del dominio público. "El usuario puede utilizarla mientras dure su concesión pero el uso sigue siendo público" según las normas dictadas en forma nacional, remarcó la ingeniera.

Vacío legal

La responsable del área reconoció que existe un vació legal que los empuja a tomar decisiones que calificó como "parches", puesto que se carece de la ley que regule el uso del bien común.
En este momento están entregando permisos de dos años para utilizarla, pero este lapso no conforma a los que quieren invertir en la provincia. "Muchos se acercan pero nos dicen que ese tiempo no les da garantías", expuso Urciolo, al tiempo que indicó que "hay un beneficio tanto para el productor como para la Provincia, que pueda regular el agua y proteger aquellas cuentas que crea necesario resguardar".
"Si contáramos con la norma nos permitiría gestionar los riesgos hídricos porque a través de la ley se le da a la autoridad de aplicación la facultada de establecer zonas de riesgos hídrico, vías de evacuación, establecer y regular junto a las comunas la utilización de determinadas zonas que requieran el cuidado especial", interpretó Urciolo.

Los antecedentes

La titular del área comentó a TIEMPO Fueguino cómo se fueron sucediendo los hechos que provocaron no poder contar con un marco regulatorio, a pesar de que se trabaja sobre ella desde la conformación de la provincia.
En 1993 se impulsa el primer anteproyecto para poder regular el uso del agua pública. Según dice, hasta el 98 ocurren diferentes situaciones que impiden el envío del proyecto a la Legislatura.
Finalmente, manifestó que "no se llegaba al consenso entre varios sectores, aunque técnicamente ya la habíamos analizado con detalle" y prosiguió al recordar que en el 99 ingresa al Parlamento pero ya se trata de un proyecto actualizado y sin tratamiento deciden enviarla al archivo. Sin lograr los objetivos fue ingresada en dos oportunidades más, pero sin alcanzar el quórum para su tratamiento".

Documentos Finales del Proyecto
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Protección Ambiental del Río de la Plata y su Frente Marítimo
Información Institucional
Proyecto para la Protección Ambiental y Desarrollo Sostenible del Sistema Acuífero Guaraní
Programa Estratégico de Acción para la cuenca Binacional del Río Bermejo
Proyecto Implementación de GIRH para el Pantanal y Rio Paraguay
Programa Marco para la Gestión Sostenible de los Recusos Hídricos de la Cuenca del Plata
Proyecto de Gestión Integrada y Plan Maestro Cuenca del Pilcomayo
Manejo y Conservación de la biodiversidad de los Esteros del Iberá
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