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Título: MENDOZA: FUERTE DEFENSA OFICIAL DE LAS RESERVAS HIDRICAS EN LA LAGUNA DEL DIAMANTE (06/12)(Los andes)
Argentina - 06/12/2005

El Gobierno defendió ante la Suprema Corte la ampliación de la Reserva Laguna del Diamante, luego de que empresas mineras demandaran al Estado ante ese tribunal

El Gobierno defendió ante la Suprema Corte la ampliación de la Reserva Laguna del Diamante, luego de que empresas mineras demandaran al Estado ante ese tribunal. La defensa sienta un precedente importante porque se basa en la importancia del recurso hídrico y la diversidad biológica como un bien para la provincia, por sobre otros intereses.
Además , según la presentación, la empresa minera (en este caso Anglo American) no tenía aún el derecho adquirido que reclama porque no había cumplido los trámites para declarar los cateos como minas.
Entre otras cosas le faltaba la declaración de impacto ambiental necesaria. También se intenta dejar sentada la competencia provincial en la administración de los recursos naturales.
El bien mayor que se intenta preservar es el agua. Justamente la Laguna del Diamante, en San Carlos, fue declarada reserva hídrica. La zona en cuestión quedó en medio de una disputa desde que algunas empresas pusieron el ojo en esa parte de la cordillera. La población de San Carlos se opuso a la promoción de la minería en el lugar y la Legislatura aprobó la ampliación de la reserva, dejando dentro del área protegida las zonas donde se pensaba buscar cobre y oro. La historia siguió con la presentación de las mineras ante la Corte provincial, pidiendo que se declare inconstitucional la ley.
Hasta ahora la única notificación que se recibió fue por la demanda de Anglo American.
El Gobierno responde la presentación judicial de esa compañía, propietaria de manifestaciones de descubrimiento bautizadas como “Ninu”, tratando de dejar claro que aún no tenían derechos sobre esas tierras.
Según los argumentos oficiales, la empresa sólo había realizado la primera parte del proceso para que le sea entregada la concesión. Es decir que solamente había presentado la ‘manifestación de descubrimiento’, pero no tenía completado el trámite. Por eso aseguran que la mina no estaba declarada como tal.
“Como resulta de los expedientes administrativos referentes a las ‘manifestaciones de descubrimiento’ NINU 1 y NINU 8 ofrecidas como prueba por la actora, que se trata precisa y estrictamente de eso: manifestaciones de descubrimiento. Es decir sólo en el albor o inicio de ese complejo proceso de constitución de la propiedad minera determinado en etapas”, dice el escrito.
Algunas de los pasos que le faltan para constituir la mina son la “labor legal” y la mensura del sitio, cuestiones que permiten que se compruebe fehacientemente la presencia de mineral y que delimita la zona a declarar como mina. Otro de los requisitos fundamentales que no se cumplió, según la presentación, es el estudio de impacto ambiental que exige el Código Minero para cualquier avance en el tema.
Los únicos movimientos que se registran en los expedientes son las transferencias sucesivas de titularidad de 18 cateos entre Carlos Monjo, Patricia Inzirillo y Anglo American Argentina.
La respuesta a la demanda fue presentada el jueves pasado por Asesoría de Gobierno y fue elaborada por Aldo Rodríguez Salas, Carlos Pincolini y Mauricio Pintos, con el asesoramiento de Recursos Naturales. Ahora es la Suprema Corte quien tiene la respuesta, aunque también falta que se expida Fiscalía de Estado.
Más allá de los argumentos legales, el razonamiento oficial enfatiza la riqueza biológica, hídrica, paisajística y cultural de la Laguna del Diamante. Incluso menciona que la ampliación del área significará un avance socio económico. “Los cursos de agua de la Reserva Natural Laguna del Diamante presentan cualidades excepcionales que las hacen de excelente calidad para el consumo y el riego”, dice el escrito. Según el texto, nunca se hubiera aprobado un impacto ambiental para una mina, por la riqueza natural del lugar.
Fuente: Los Andes.com.ar

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