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Título: CORDOBA: CONSEJO HIDRICO PROVINCIAL (03/02)..
Argentina - 00/00/0000

El gobernador José Manuel de la Sota firmó un decreto por el cual se dispone la creación de un Consejo Hídrico Provincial. El organismo controlará los excesos en la utilización de agua en Córdoba

El gobernador José Manuel de la Sota firmó un decreto por el cual se dispone la creación de un Consejo Hídrico Provincial que tendrá como objetivos generales asesorar al gobierno y mejorar la situación y calidad de los recursos hídricos de la provincia,.

Textualmente, el artículo 1° del Decreto N° 1544, resuelve la creación del «Consejo Hídrico Provincial como órgano consultivo y de coordinación, con injerencia en todos los aspectos de carácter global, estratégico e interjurisdiccional en materia de recursos hídricos; al que concurren el Estado, el sector privado y la sociedad civil; con la finalidad de asesorar a los poderes públicos respecto de medidas, actos, planes, programas, proyectos o acciones que se consideren de trascendencia para toda la provincia.

Respecto a los principales fines que deberá perseguir este nuevo organismo que funcionará en el ámbito de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento (DIPAS), el artículo 3° de la normativa hace referencia a que funcionalmente deberá actuar como órgano de consulta y coordinación del Poder Ejecutivo provincial en materia de política hídrica. En cuanto a las acciones a desarrollar, el decreto, a grandes rasgos, menciona que la dependencia deberá contribuir en la formación y capacitación de usuarios y especialistas en todas las actividades y profesiones vinculadas con el uso de los recursos hídricos, fomentar la elaboración y publicación de datos e informaciones provenientes de estudios o investigaciones sobre agua y saneamiento, y apoyar gestiones de financiamiento para proyectos hídricos en de interés o aplicación en el territorio de la provincia de Córdoba.

El Consejo tendrá el deber de promover ante los Poderes Ejecutivos y Legislativos nacional y provincial que los Principios Rectores de Política Hídrica sean aplicados en toda acción de Gobierno que directa o indirectamente afecte a cualquier aspecto del recurso hídrico, impulsar el perfeccionamiento de la legislación hídrica, como así también la organización administrativa indispensable para lograr mayor efectividad en la aplicación de las normas y reglamentaciones específicas, y colaborar en la elaboración de un Plan Director de Recursos Hídricos para la provincia. El Consejo Hídrico Provincial estará integrado por el ministro de Obras y Servicios Públicos, el titular de la DIPAS y un representante del Poder Legislativo provincial, de las regiones que conformen las municipalidades y comunas, de los Consorcios de Usuarios de Agua y Conservación de Suelos


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