Título: PARAGUAY: LA SEAM PROHIBE A LOS ARROCEROS EXTRAER AGUA DEL RIO TEBICUARY (27/02)(ABC Color)
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Paraguay - 27/02/2006
La Secretaría del Ambiente (Seam) comunicó a todos los grandes usuarios ubicados sobre el río Tebicuary que no podrá operar ningún sistema de extracción de agua en las condiciones actuales de niveles mínimos del recurso hídrico registrados como efecto de la sequía
ANTE LA SEQUIA QUE AFECTA AL CAUDAL DEL RECURSO HIDRICO
La Secretaría del Ambiente (Seam) comunicó a todos los grandes usuarios ubicados sobre el río Tebicuary que no podrá operar ningún sistema de extracción de agua en las condiciones actuales de niveles mínimos del recurso hídrico registrados como efecto de la sequía. Esta medida afecta, principalmente, a los productores de arroz.
El ministro del Ambiente, ingeniero Alfredo Molinas, observa la extraordinaria bajante que experimenta el río Tebicuary, en su naciente.
En la cuenca alta del río Tebicuary, desde su naciente en Tava’i hasta el afluente del río Pirapó, el cauce se redujo bastante, como consecuencia de la sequía que viene azotando al país desde hace varios meses y que genera serios problemas a los labriegos, los arroyos y los ríos.
Justamente en ese tramo se concentran los mayores productores de arroz, que ahora no podrán levantar agua del río Tebicuary para irrigar sus plantaciones.
La producción de arroz requiere de abundante agua, lo que en las condiciones actuales el río no tiene la capacidad de abastecer los arrozales.
Una de las tantas tomas de agua de los arroceros. La producción de estos cereales requiere de abundante agua, que apeligra la fauna íctica del río Tebicuary.
A ello se suma otro agravante: la fauna íctica, que corre peligro de quedar sin el vital líquido, motivo por el cual las autoridades pertinentes dieron la voz de alerta para evitar serios problemas en el futuro.
COMUNICADO A GOBERNACIONES
La Seam emitió un comunicado, firmado por el ministro Alfredo Molinas, por el que solicita a las gobernaciones y municipios involucrados en la cuenca del río Tebicuary que remitan, en la brevedad posible, a la institución ambientalista la nominación de un representante titular y un suplente para conformar el "Consejo de aguas de la cuenca del río Tebicuary".
Este consejo se creará dando cumplimiento a la Resolución Nº 170/06 de la Seam, "por la cual se aprueba la reglamentación del Consejo de aguas por cuencas hídricas".
Solicita, además, que estas instituciones apoyen el cumplimiento de la Resolución 50/05 "por la cual se establecen las normativas para la gestión de los recursos hídricos del Paraguay, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 1561/00 que crea el Sistema Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente".
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