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Título: LEY TERMAL APROBADA EN ENTRE RIOS (22/12)(Misiones on Line)
Argentina - 22/12/2005

Con esta normativa dijo Aldáz, el Poder Ejecutivo Provincial será el encargado de la planificación y determinación de las estrategias de explotación de los recursos termales

http://www.misionesonline.net/paginas/noticia2.php?db=noticias2005&id=19455

En una larga y prolongada sesión la Cámara de Diputados de Entre Ríos aprobó y dio sanción definitiva ayer martes, al marco regulatorio del manejo de los recursos termales y la creación del Ente Regulador de los Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos (ERRTER) que funcionará en la ciudad de Concepción del Uruguay.

La iniciativa contó con la aprobación del bloque justicialista, la oposición del radicalismo, la Red de Participación Popular, la Concertación Entrerriana y el Bloque Integración.

El presidente de la comisión de Tierras y Obras Públicas, Recursos Naturales y Medio Ambiente, Julio César Aldáz expresó que este proyecto girado en revisión del Senado con modificaciones, ha mejorado el espíritu de esta ley aportándole elementos referidos al cuidado del medio ambiente, su tratamiento y la aplicación de los recursos termales en la provincia de Entre Ríos, preservando la biodiversidad y la protección de los ecosistemas.

Con esta normativa dijo Aldáz, el Poder Ejecutivo Provincial será el encargado de la planificación y determinación de las estrategias de explotación de los recursos termales, pudiendo otorgar autorizaciones para su exploración, explotación y uso del recurso.

Tendrá a su cargo la promoción de los distintos centros termales de la Provincia, administrará en forma integral el uso racional y sustentable de los recursos termales y establecerá mecanismos de control sobre su calidad, cantidad y diversidad.

Se crea el Ente Regulador de los Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos (ERRTER) que funcionará como entidad autárquica dentro del Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos y tendrá a su cargo la regulación de la actividad termal y controlará las actividades exploratorias y las concesiones de explotaciones otorgadas y a otorgar por el Poder Ejecutivo.

El ente fijará su domicilio en la ciudad de Concepción del Uruguay y coordinará, complementará e integrará sus actuaciones con la Dirección de Hidráulica, la Dirección General, Desarrollo, Ecología y Control Ambiental, la Subsecretaría de Turismo, Dirección General de Minería y la Secretaría de Salud.

Los permisos de exploración serán expedidos por el Poder Ejecutivo Provincial, previo dictamen técnico jurídico del ERRTER y tendrán validez por dos años, a partir de la fecha de su otorgamiento, a cuyo vencimiento caducará. Queda prohibida la construcción de pozos para captar recursos termales sin la previa obtención del permiso de exploración expedido por la autoridad competente.



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