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Título: CORRIENTES: EL ICAA APOYA LA DECISION DE ENTRE RIOS (25/11)(Total News)
Argentina - 25/11/2005

En un extenso comunicado enviado a los medios, el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente manifestó su postura con respecto a la radicación de las plantas celulósicas en la vecina provincia y en Corrientes.

Estipula que para la instalación se deben cumplir con medidas de seguridad para evitar impactos ambientales

Ante las declaraciones del titular del organismo ambiental de Entre Ríos referente a las Resoluciones firmadas en el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) donde "se pone de manifiesto la adhesión de esta entidad a la lucha del Gobierno entrerriano en contra de la instalación de las papeleras", el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) considera oportuno aclarar, qué se firmó en su oportunidad, a fin de no desvirtuar las Resoluciones de dicho Consejo Federal.

Mediante la Resolución del 25 de marzo de 2004, se apoyó "las gestiones que el gobierno de la Provincia de Entre Ríos realiza ante el Ministerio de Relaciones Exteriores para presentar el tema ante las autoridades competentes de la República Oriental del Uruguay". También se "respaldó las acciones emprendidas en forma conjunta por el gobierno, la sociedad, los institutos de investigación con autoridad sobre la materia y otros organismos involucrados en la presentación de reparos, con base científica y jurídica, en lo referente a las Evaluaciones de Impacto Ambiental presentadas, a los efectos de evitar la instalación de plantas de procesamiento de pasta de celulosa en tanto y en cuanto no se asegure el control en la utilización fehaciente y efectiva de tecnologías que tiendan a evitar futuros daños ambientales e impactos negativos sobre el río Uruguay".

La frase "evitar la instalación de plantas de procesamiento de pasta de celulosa en tanto y en cuanto no se asegure el control en la utilización fehaciente y efectiva de tecnologías que tiendan a evitar futuros daños ambientales e impactos negativos sobre el río Uruguay" es aplicable en Corrientes, Entre Ríos, Uruguay y en todas partes del mundo, tanto para las papeleras como para cualquier proyecto productivo.

Surge con claridad que la política a aplicar por cualquier gobierno frente a todo tipo de emprendimiento productivo, debe estar sujeto a Estudios de Impacto Ambiental, que para aquellos que quieran instalarse en la Provincia de Corrientes, deberán cumplir con lo estipulado por la Ley Nº 5067.

Aquí es conveniente resaltar que Corrientes es la única provincia de la Mesopotomia que tiene una normativa al respecto, con Audiencia Pública como paso previo a la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), que se otorga por Resolución firmada por el Administrador General del ICAA, Autoridad Ambiental de la Provincia de Corrientes.

Resolución Nº 108/05 COFEMA

En la Asamblea de mayo pasado, ante un nuevo pedido de apoyo del representante de Entre Ríos, ante "la determinación adoptada por el gobierno de la Provincia de Entre Ríos en oposición a la instalación de plantas celulósicas sobre las márgenes uruguayas del Río Uruguay", se resolvió apoyar la determinación adoptada por la Provincia de Entre Ríos a la medida de no innovar en un plazo de 6 meses hasta tanto se expidan los grupos técnico-académicos de referencia y la posibilidad de relocalizar las plantas.

El apoyo brindado en dicha Resolución no significa que Corrientes prohiba -en un futuro- la instalación de planta de celulosas en su territorio, a fin de dar valor agregado a su producción forestal. Tal como lo expresara el Gobernador de Corrientes, no hay que caer en posiciones extremas; el justo equilibrio es lograr que las plantas de celulosa que se decidan instalar tengan la última tecnología existente en el mundo para evitar la contaminación, ello significa exigir un Estudio de Impacto Ambiental, evaluarlo, otorgar su DIA y luego tener un organismo ambiental fuerte, con personal profesional capacitado para la tarea de inspección, con el fin de que se haga los monitoreos necesarios, de acuerdo al plan de gestión ambiental presentado en el estudio y de ser necesario, formular las acciones correctivas.

Estudios de Impactos Ambientales

A fin de jerarquizar la presentación de los Estudios de Impacto Ambiental el ICAA creó el Registro de Consultores en Estudios de Impacto Ambiental mediante la Resolución Nº 387/04 en el que deberá inscribirse toda persona física o jurídica que resulte responsable de la realización de Estudios de Impacto Ambiental (EsIA), amén de los profesionales que revistan el carácter de personal dependiente de una firma titular de algún emprendimiento, para ser sometidos a Evaluación dentro del marco de la Ley Nº 5067, siendo facultad del ICAA establecer las excepciones que considere conveniente.

La normativa referida establece que los profesionales interesados en inscribirse en el Registro de Consultores Individuales y el Director Técnico -para el caso de las empresas consultoras- deberán acreditar, mediante presentación de certificados expedidos por universidades nacionales o privadas, incumbencias de grado y/o posgrado en la temática ambiental o, en su defecto, demostrar experiencia profesional en las áreas temáticas involucradas en los estudios ambientales, expidiéndose el ICAA mediante la categorización de la solicitud como viable o no viable.



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